Continuando mis aplicaciones, a componer el mal estado en que se hallan estos Reinos por su despoblación y falta de comercio, y a procurar el aumento de la Real Hacienda, para acudir a las obligaciones de la manutención, y defensa de la Monarquía, se han tenido diferentes juntas particulares; y sobre los medios discurridos en ellas, he mandado al Consejo de Castilla me consulte lo que se le ofrece |
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Copia de la Carta que su Magestad ha respondido à su Santidad, sobre la instancia que haze por la paz de Italia |
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Ejecutoria de Carlos II y Mariana de Austria a pedimento de Thomás Arenas, Contador Mayor y Superintendente de Cuentas de haberías de la Casa de Contratación de Sevilla, de los autos proveídos por el Consejo, en el pleyto que en él ha seguido con Juan de Alfocea, así mismo contador de ella |
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Executoria de hidalguía en forma en possesión y propiedad, a pedimento de don Gaspar Bonifaz Ponce de León, vezino de la çiudad de Carmona, del pleyto que siguió con el Fiscal de Su Majestad y Concejo de la dicha çiudad |
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El Fiscal de su Magestad en defensa de sus regalias y del bien publico de ciento y veinte lugares que componen los partidos de Sayago ... : contra la ciudad de Zamora y sus Oficiales que llaman Andadores ... sobre el derecho de nombrar y poseer dichos Oficios ... |
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Gobernador, y los de mi Consejo de Hacienda, y Contaduría Mayor de ella. Ya sabeis, que por orden mía de cinco de este presente mes de febrero, y año de mil seiscientos y noventa y seis fuí servido mandar se ejecutase inviolablemente la puntual, y literal observancia de las reglas establecidas para el beneficio, exacción, y cobranza del derecho de Media-Annata |
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He propuesto por parte de su Magestad â los quatro braços la conveniēcia grande que tendrian los regnicolas en librarse de pagar peajes, por quitar la molesta servidumbre, que todos padecen ... |
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Instruccion que han de observar los Administradores de Rentas Reales y Servicios de Millones de las Provincias y Partidos del Reino, en execucion de lo resuelto, y mandado por su Magestad en su Real orden de seis de febrero de este año, sobre la remission de devitos atrassados, cobro de las Rentas Reales, y su aplicacion |
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Leyes, etc., tributarias |
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A los illustres, egregios, nobles, magnificos, amados y fieles nuestros, los Jurados, Racional y Síndico de la nuestra ciudad de Valencia, el Rey |
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Magnificos, amados y fieles nuestros, Recibiòse vuesta carta de 18 del corriente, en que expressays que por las noticias que os diò nuestro lugarteniente y capitan general de esse Reyno, aviais entendido mi enfermedad |
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Memorial a Carlos II en defensa de Gaspar Téllez Girón, Duque de Osuna, encarcelado en el castillo de Montánchez y refugiado en sagrado en el convento del Carmen, solicitando la intercesión real en su causa, y en contra el Primer Ministro, Juan Francisco de la Cerda, Duque de Medinaceli |
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Ordinaciones de la imperial ciudad de Zaragoza |
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Ordinaciones reales de la ciudad de Calatayud, hechas por el muy Ilustre Señor Don Adrián de Sada del Consejo de su Majestad ... y Comisario Real para la Insaculacion que se hizo en los Oficios de la dicha Ciudad en el año 1644. Siendo Justicia de ella don Gonzalo Muñoz Serrano; las cuales se imprimieron despues en el año 1645. siendo Justicia don Toribio Remirez de Ateca |
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Ordinaciones reales de la villa de Exea de los Cavalleros |
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Por quanto considerando lo mucho que convenia aumentar el comercio en estos Reinos, hallandose tan descaecido que requeria aplicar à su reparo toda atencion y cuidado, resolvì poner materia tan importante al de la Iunta que mandè formar à este fin, para que en ella se discurriessen los medios mas eficaces que pudiesse aver para conseguirlo con mayor beneficio y vtilidad de mis vassallos ... |
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Por quanto en algunos capitulos de la Cedula expedida sobre la prohibicion del comercio de Francia en siete de iunio de este presente año, y especialmente en el veinte y tres de ella se previene que qualesquiera mercaderias que se traxeren à estos Reynos, assi de provincias amigas y confederadas como de dominios mios, ayan de traer los despachos que previenen las ordenes ... |
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Por quanto experimentandose que los resguardos, y providencias que hasta aora se han tenido para que no le defraudassen los derechos que sobre los generos comestibles, y otros, componen las rentas que sirven à la defensa de estos Reynos, y a la satisfaccion de los que en ellas tienen consignaciones, y que son mayores los excessos que cada dia se cometen, sin que pueda evitarlo el castigo ... |
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Por quanto se ha reconocido el grave inconveniente de que las Milicias de estos Reynos se hallen tan desechas, à causa del olvido de restablecerlas por lo passado, y siendo tan justo como necessario no dexarlo del todo descaecer, ni olvidar el blason que en todos tiempos ha tenido la Nacion en las Armas... |
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Pragmática, 1691-11-26 |
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Pragmatica en que su Magestad manda, que los reales de à ocho de la fabrica y cuño que al presente corren, valgan diez reales de plata, con el nombre de escudos y los que nuevamente se fabricaren con nuevo cuño, valgan ocho reales de plata, y los doblones de a dos, que al presente por pragmaticas de estos Reynos tienen de valor treinta reales de plata, le tengan de treinta y ocho reales de plata y que todas estas monedas corran con el premio y reduccion de à cincuenta por ciento |
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Pragmática en que su Majestad declara que el mantener, ni haber mantenido fábricas de sedas, paños, telas, y otros cualesquier tejidos no ha sido, ni es contra la calidad de la Nobleza, inmunidades, ni prerrogativas de ella |
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Privilegio de Carlos II a Juan Baños de Velasco para imprimir y vender durante diez años su libro Política militar de príncipes. Madrid, 14 marzo 1680 |
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Propuesta hecha por parte de su Majestad, que Dios guarde, a la Corte General del Reino de Aragón el dia 30 de mayo de 1677 para la nominación de presidente de Cortes, en la persona del excelentísimo señor don Pedro de Aragón, etc. |
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Provisión, 1680-03-18 |
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Real carta en que la Magestat del Rey Nostre Senyor Carlos II (que deu guarde) ha manifestat, el donarse per ben servit de la resoluciò pressa per los Illustres Iurats, Racional, y Sindich, e Insigne Consell General, en 29 de Maig 1684 de servir à sa Magestat en vn Terç de 500 Infants, pagats per cinch mesos, pera el Socorro de la plaça de Girona, y defensa del Principat de Cataluña ... |
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Real Cédula de Carlos II al Marqués de Narros, Presidente de la Casa de Contratación, sobre el impuesto de repartimiento de las flotas de Indias. Madrid, 18 enero 1698 |
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Real Decreto reiterando la Ordenanza de 1602 que prohibe a los oficiales de Hacienda tener dos oficios y tratar con hombres de negocios. Madrid, 19 noviembre 1691 |
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Real despacho y declaración en guarda del derecho y preeminencia del excelentísimo señor Duque y señor de Híjar, Conde de Salinas y Ribadeo, de comer a la mesa de su Majestad el día de los Reyes todos los años |
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Real Pragmática sanción, para que en este Reino de Valencia se forme un nuevo batallón, con nombre de la milicia efectiva de la Custodia del Reino, de numero de 6000 hombres de infantería y 1300 caballos, suprimiendo y extinguiendo todos los antiguos |
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Real privilegio de estatuto y sobrecarta de nobleza de sangre |
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Reales cedulas con que se cometio á la Junta, formada en la Posada de le M. R. Presidente de la Chancilleria de Valladolid, el privativo conocimiento, y Jurisdiccion, para el Govierno economico, y Administración de todos los Propios, Rentas, y Arbitrios de dicha Ciudad, y todo lo à ello annexo y dependiente |
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Reina gobernadora, por cuanto tengo resuelto que en estos reinos y señoríos se forme y establezca una compañía de mar, para que con los bajeles y fragatas y otras embarcaciones que juntare, haga toda la hostilidad a los enemigos de esta corona, limpie y asegure las costas de corsarios, para mayor beneficio del comercio de España ... |
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Requerimiento de Carlos II a los miembros del Consejo de Indias sobre su comportamiento, 1677 |
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Respuesta de su majestad à la consulta que le hizo el duque para la dejacion en el ejercicio de primer ministro |
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El Rey. Don Juan de la Hoz Mota, Caballero de la Orden del señor Santiago, de mi Consejo, y Contaduría Mayor de Hacienda: Sabed, que siendo el mayor cuidado mío solicitar en cuanto sea posible el alivio de mis vasallos, y que sean tratados con la equidad, y justicia que conviene a la buena administración de ella, reparando los daños que por varios accidentes, así del contagio que se ha continuado en muchas ciudades, villas, y lugares de estos mis reinos, esterilidad de frutos, y falta de comercio... |
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El Rey. Mi Presidente, y Juezes, Oficiales de la Casa de la Contratacion de la Ciudad de Seuilla. Por Cedula de veinte y cinco de julio passado de este año, mande guardar ... fuessen libres de derechos el oro, plata, mercaderias, y otros generos que se traxessen de las Indias ... Y aora ... que el registro de los Tabacos que vienen de Indias debe hazerse ... |
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El Rey. Por quanto considerando la falta de caudal, y credito con que se hallava Antonio Garcia, y los demas participes con quien vltimamente se avia ajustado assiento sobre la provision de esclavos negros para las Indias ... |
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El Rey. Por quanto en diez y nuevede iulio passado deste año, mande dar la Cedula del tenor siguiente por quanto por parte del Prior, y Consules de la Vniversidad de los Cargadores â las Indias de la Ciudad de Sevilla ... que las mecaderias, y ropa de fabrica de Francia ... se enbarquen para las Indias ... contraviniendo a las cedulas, y pragmaticas que lo prohiben ... |
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La Reyna Gouernadora. Concejo, Iusticia, Ventiquatros, Caualleros, Iurados, escuderos, oficiales, y hombres buenos de la nombrada y gran ciudad de Granada ya sabeys como los Reynos de Castilla y Leon concedieron al Rey mi señor, que esta en gloria, la prorrogacion de los servicios de veynte y quatro millones que se cobran de las quatro especies de vino, vinagre, aceyte, y carnes por seys años ... |
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La Reyna Governadora, Don Alonso de Paz Guzman, Cavallero del Orden de Calatrava, a cuyo cargo esta està por mi mandado la administracion de las Rentas de los Almojarifazgos de la Ciudad de Sevilla, por quenta, y riesgo, y con intervencion de Francisco Baez Emmente ... Ya sabeis, que yo mandè dar, y di vna mi Cedula ... |
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Sepan cuantos esta carta de Privilegio, y confirmacion vieren, como nos Don Carlos Segunco de este nombre, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon ... vimos una Cedula, firmada de la Reyna ... siendo nuestra tutora ... y Gobernadora de estos nuestros Reynos ...sobre la orden que se dio, para que solamente se escriua de nuevo el pliego, o pliegos de pergamino, que fueren menester para la cabeça, y pie de los Priuilegios, que de Nos se confirman, y no a la letra ... |
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Siendo mi animo ajustar las resoluciones que tomo al mayor servicio de Dios, bien de estos Reynos, y amor que tengo à mis vassallos, y muy en particular à los que me sirven en la Guerra, y lo mas justo, piadoso, que la execucion de las sentencias, que elComissario General de la Infanteria, y Cavalleria deEspaña diere en las causas criminales que le tocan por razon de su puesto, se suspenda si se apelare de ellas, hasta que se determine en mi Consejo de Guerra la apelacion ... |
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Sobrecarta de carta executoria de hidalguía de sangre, ganada a pedimento de Juan Páez de Jaramillo, vecino de la villa de Pezuela de la Torres |
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Testament und Codicill Caroli Secundi, Königs in Spanien, gemacht den 2 Octobris, Anno 1700 ... neben Unterschiedenen Briefen und Schrifften gedachtes Testament betreffende Sam[m]t Dem Bildnus der Königes Philippi V |
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The true will of his late Catholick majesty Charles 2d. King of Spain : with the codicil |
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Vando, manda el Rey nuestro señor, que por averse experimentado contravencion à la pragmatica que se promulgò en ocho de março del año passado de mil seiscientos y setenta y cuatro sobre la reformacion de traxes, lacayos y coches, assi en esta Corte como fuera de ella, se guarde, cumpla y execute inviolablemente lo dispuesto en la referida pragmatica ... |
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